dimarts, 30 de setembre del 2014

OSOS EN EL PIRINEO


NACEN CUATRO CACHORROS DE OSO PARDO EN EL PIRINEO CATALÁN 


El Departament d' Agricultura, Ramaderia, Pesca, Alimentacio y Medi Natural ha confirmado que el equipo de seguimiento del oso pardo ha detectado este año cuatro nuevos oseznos en el Parque Natural del Alt Pirineu.

Las hembras con dos crías cada una, son probablemente 'Caramelles' y 'Caramelita'.
Las fotografías captadas en el mes de julio por las cámaras automáticas sitúan a 'Caramelles' con sus dos cachorros en el Alt Àneu, mientras que 'Caramelita' fue localizada en el valle de Cardós, ambos municipios ubicados dentro del parque natural del Alt Pirineu.


 La población pirenaica se estima entre 31 y 35 osos veinticinco ejemplares (identificados durante el año 2013), a los que suman de momento los cinco nuevos cachorros  (la osa 'Auberta' ubicada en el valle de Arán mas éstos quatro cachorros del Alt Pirineu). Este 2014 se ha certificado la baja 'Balou' encontrado muerto hace unos meses en Francia.

Durante el año 2013, certificaron veinticinco osos en el pirineo con la excepción de 'Balou', que no se reprodujo nunca, los otros machos adultos són todos hijos o nietos de 'Pyros', aspecto que pone en riesgo la variabilidad genética de la población a medio plazo.


Este es Pyros

 

dilluns, 29 de setembre del 2014

Seguros para animales

Una mascota, ese ser vivo que puede convertirse (y/o quizá ya lo sea) en un miembro más de la familia. Igual de importante y al que hay que prestarle la atención y cuidados adecuados. Se trata de un animal que puede ser el mejor amigo de un niño o la mejor compañía para un mayor. Sea como fuere, se trata de adquirir una responsabilidad sobre una vida y sobre los actos que el animal realice.
Así lo expone el artículo 1.905 del Código Civil español, que indica textualmente “El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Solo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido”.
Aseguramos no solo cosas materiales como por ejemplo un coche, una casa o un teléfono móvil, sino que también aseguramos vidas (seguros de vida, seguros de asistencia médica…). Entonces ¿por qué no asegurar también a tu mascota? Es una forma sencilla de proteger al animal y protegerte a ti mismo de posibles situaciones complicadas debido a su comportamiento.
¿Dónde?
En primer lugar, una vez que nos decidimos por asegurar a nuestra mascota, hay que valorar qué alternativas se tienen para ello. Puede existir una posibilidad que tiene como protagonista el seguro de hogar. Si se tiene contratado un seguro para la vivienda, es posible que la compañía contemple la posibilidad de incluir una cobertura por mascota. Es importante informarse acerca de ello ya que dependiendo de la mascota, esta cobertura puede ser suficiente ya que suelen cubrir la Responsabilidad Civil, es decir, los daños a terceros que el animal provoque.
La otra opción es decantarse por un seguro concreto y específico para la mascota. Muchas aseguradoras tienen entre su catálogo de seguros el de mascotas. Lo más común es encontrarse con seguros para perros y gatos (según el censo de mascotas de 2013 de la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía, son los perros los más numerosos, en torno a 5.400.000 en toda España). Aunque debido al auge de los animales exóticos, existen aseguradoras que también ofrecen un seguro para este tipo de animales.
¿Cómo?
El comportamiento de un animal puede ser impredecible, por ello la cobertura de Responsabilidad Civil es esencial. Con esta cobertura, la aseguradora responde por los daños que el animal provoque a terceros, por lo que en caso de que ocurra algún percance, el tercero será indemnizado (hasta el máximo que se establezca en la póliza). En caso de necesitarlo, este tipo de seguros también pueden incluir una cobertura de defensa jurídica, de modo que se sufragan los gastos que se deriven de un proceso jurídico en el que el dueño del animal quede inmerso a causa de su mascota.
Además, se trata de proteger al animal, por lo que coberturas como la asistencia veterinaria en caso de enfermedad o accidente son interesantes, de cara a no tener que sufragar los gastos que estas situaciones generen. También hay pólizas que proponen la cobertura en caso de tener que necesitar una estancia en una residencia de animales. Hay otras coberturas interesantes como por ejemplo la del robo y extravío en las que la aseguradora indemniza con el valor del animal.
¿Cuándo?
Asegurar a un animal puede dejar de ser opcional en función del animal y/o del lugar en el que se resida. Se habla concretamente de perros. Aquellos canes que residan en lugares como la Comunidad de Madrid y el País Vasco deberán estar asegurados obligatoriamente, sea cual sea su raza.
Pero además existe otra condición que provoca la obligatoriedad del seguro en caso de los perros, y es la catalogación de éstos como potencialmente peligrosos. Estos perros son todos aquellos que sean de las razas: Staffordshire Bull, Terrier Pit Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Fila Brasileiro, Dogo Argentino, Tosa Inu y Akita Inu. Y además aquellos que por sus rasgos corporales puedan suponer un peligro. Los dueños de este tipo de perros además de contratar un seguro (cuya cuantía de Responsabilidad Civil no deberá ser menor a 120.000 euros), deberán tener también una licencia para su posesión tal y como marca la ley 50/1999 sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. Licencia que se obtiene a través del ayuntamiento del municipio del dueño y al cumplir una serie de requisitos, tales como ser mayor de edad, tener un certificado de aptitud psicológica y acreditación del contrato de seguro de Responsabilidad Civil, entre otros requisitos.

Si estás pensando en tener una mascota, piensa también en la tranquilidad y protección que aporta un seguro, no solo para el animal sino también para ti y por poco dinero. 
(Fuente: la vanguardia)

diumenge, 28 de setembre del 2014

EL METRO DE BARCELONA ADMETRÀ GOSSOS A PARTIR DEL SETEMBRE DE 2014

ACCÉS DE GOSSOS AL METRO

Quins gossos poden accedir al metro?

Actualment poden accedir-hi sense limitacions els gossos pigall, els d’assistència (identificats amb una xapa i capa blava), els que acompanyen els empleats de seguretat i els que es transporten en cistelles rígides que cobreixen tot l’animal.
A partir de l’1 d’octubre, a més, estaran autoritzats a accedir al metro, amb determinades condicions, els gossos identificats electrònicament amb un xip i inscrits al registre censal municipal.

En quines franges horàries podré accedir amb un gos al metro?

  • Els dies feiners entre l’11 de setembre i el 24 de juny, els gossos no podran accedir al metro entre les 7.00 i les 9.30 h ni entre les 17.00 i les 19.00 hores.
  • Els caps de setmana i festius, hi podran accedir sense limitació horària.
  • Entre el 24 de juny i l’11 de setembre, hi podran accedir sense limitació horària.

Quins altres requisits de transport hauré de respectar per accedir amb un gos al metro?

  • S’admetrà només un gos per persona.
  • Els menors de 16 anys no podran portar gossos considerats potencialment perillosos segons la normativa vigent. Les persones que els portin hauran de dur la llicència i la certificació acreditativa d’inscripció del gos al registre municipal.
  • Des del mateix accés del metro fins a la sortida al carrer, els gossos hauran de portar morrió i hauran d'anar subjectats en tot moment amb una corretja no extensible i a una distància inferior a 50 cm de les persones que els duguin.

Quan dugui un gos, podré utilitzar els ascensors del metro?

Sí, els gossos podran utilitzar els ascensors i les escales de pedra. Per la seva seguretat, no es permetrà que utilitzin les escales mecàniques.

El meu gos podrà ocupar seient?

No, els gossos no podran ocupar seient al metro de Barcelona.

Si el meu gos causés danys o perjudicis, qui en seria el responsable?

La persona responsable de l’actitud de l’animal serà la persona que el dugui. Per tant, haurà de vigilar que no es produeixi cap situació de perill o de molèstia a la resta d’usuaris. També haurà d’evitar obstruir els passatges o les portes tant a les dependències (ascensors, combois, etc.) com als trens.
La persona que porti el gos serà la responsable dels danys o els perjudicis que el gos pugui ocasionar tant als usuaris com a l’empresa. La persona propietària del gos en serà responsable subsidiària.

Hi haurà alguna altra limitació a l'accés de gossos al metro?

En moments de gran aglomeració de persones i quan la seguretat dels usuaris i dels mateixos animals ho requereixi, l’empresa podrà limitar l’admissió dels gossos.

Què passa si s'incompleixen les condicions establertes per a l'accés de gossos al metro?

Si no es respecten les condicions establertes per a l’accés de gossos al metro, la persona que el porti comet, segons les circumstàncies, una infracció greu o lleu (de conformitat amb els articles 64.s) o 65.p) de la Llei 4/2006, de 31 de març, ferroviària Obre la pàgina en una finestra nova. Aquesta infracció pot donar lloc a la imposició d’una multa. Consulta la informació sobre les infraccions.

Fuente:
Transports Metropolitans de Barcelona